LEY LLERAS 2.0

La Ley 201 del 2012, o Lleras 2.0, aún genera muchas dudas. Ya se aprobó y tal vez no habrá mucho que hacer, pero creo que es un deber dejar claros algunos puntos, ojalá para que no se repitan.

Esta ley nace de un compromiso de Colombia con los Estados Unidos a partir de la discusión del TLC, que empezó en el 2007, y trata los derechos de autor, pero también algunas excepciones sobre este mismo asunto. No hay duda de que hay que protegerlos, pero se les debe dar el color que el mundo de la tecnología digital impone y reconocer que ya no son fotocopias con las cuales se violan, sino que ahora hay redes sociales y alternativas digitales difíciles de definir y, por lo tanto, de controlar.

Reconocidos profesores de EE. UU. firmaron y enviaron al Gobierno una carta en la que manifestaban su desacuerdo con la ley, carta a la que, obviamente, no se le prestó ninguna atención; más bien se dejó claro que su aprobación se tenía que dar como fuera.

Su artículo 13, en el que se prohíbe la retransmisión de señales por Internet sin autorización del titular, es bastante polémico y evidencia que los que la aprobaron no tienen el conocimiento necesario de lo que es la convergencia digital.

La parte que habla del ánimo de lucro que se puede tener cuando se violan los derechos de autor y que puede llevar a consecuencias penales es muy oscura. En este tema hay mucha tela que cortar, nuevamente relacionada con la revolución digital actual.

Así como la norma tiene aspectos que dejan mucho que desear, tiene uno bueno, que es el de permitir hacer ingeniería en reversa para poder determinar cómo se pueden penetrar o 'hackear' sitios web, lo que lleva a prevenir, confrontar y solucionar estos ataques.

El principal reclamo de muchos expertos consistió en que, una vez presentada al Congreso, la ley Lleras 2.0 se aprobó en el tiempo récord de dos semanas, pasando por alto el impacto que puede tener en el desarrollo de la convergencia digital y la tecnología en el país. Ni usuarios ni asociaciones como Acis (Asociación Colombiana de Ingenieros de Sistemas) y la CCIT (Cámara Colombiana de Informática y Telecomunicaciones) y otras que pudieron haber aportado mucho fueron consultados. Se tenía o se tenía que aprobar en 15 días.

En el Congreso, a veces, se corre pisando y magullando temas muy importantes como los tratados en la Ley 201, y, en cambio, se demora en otros también muy importantes, pero que políticamente afectan a los congresistas o a sus partidos.

GUILLERMO SANTOS CALDERÓN
guillermo.santos@enter.co

 

 

El senador del Polo Democrático Camilo Romero, uno de los más duros críticos de ladenominada Ley Lleras 2.0 como se denominó la norma aprobada en el Congreso para adoptar medidas necesarias para la implementación del TLC con Estados Unidos, reveló este martes que demandó dicha iniciativa por considerarla inconstitucional.

Romero argumentó que la demanda de inconstitucionalidad está basada en varios artículos. "Por ejemplo se vulnera el derecho a la libertad de expresión, esto ocurre en el artículo 15 pues prohíbe la retransmisión de televisión por Internet".

"Además se vulnera el derecho a la intimidad consagrado en la Constitución, y un claro ejemplo de esto es el artículo 19, que nada más ni nada menos, otorga a cualquier autoridad administrativa la posibilidad de conocer la información de los supuestos infractores", agregó el congresista.

El senador explicó que también demandó la iniciativa "porque no tiene unidad de materia, porque el artículo 21 tiene que ver con televisión y la cuota de pantalla. ¿Qué hace ese artículo metido allí? Pues era un requisito tal vez para el Tratado de Libre Comercio, pero la unidad de materia que era regular derechos de autor con derechos de Internet, no se ha guardado en esta ley".

Romero explicó que con la demanda de inconstitucionalidad la Corte Constitucional puede tumbar esa ley "y eso es lo único que nos queda a los internatutas, a quienes entendemos lo que significa Internet como el espacio público por excelencia de la humanidad. Aquí se ha legislado con una lógica del pasado lo que es el futuro de la humanidad".

Lo que dice el Congreso
El presidente del Senado, Juan Manuel Corzo Román, indicó que por haber tramitado el proyecto en la Comisión Segunda y no en la Primera -como algunos alegan- no hay nada ilegal.

"Estas son leyes anexas al TLC y desde luego tenían otras materias que podían ser de conocimiento de otras comisiones pero por ser de carácter internacional debían tramitarse en las comisiones segundas", sostuvo el senador. 

A su turno, el presidente de la Cámara, Simón Gaviria, sostuvo que "siempre" los tratados internacionales se tramitan por las comisiones segundas, encargadas de los asuntos exteriores. 

"La Corte ha tumbado leyes porque no se han tramitado por la comisión que es, pero recuerdo que tradicionalmente las segundas han llevado los trámites de tratados internacionales", indicó Gaviria.

El Tratado de Libre Comercio empezará a operar tanto en Colombia como en Estados Unidos el próximo 15 de mayo.